Afrontar el divorcio cuando se comparte empresa

Por: Mtra. Marisela Serrano Varela/ Consultora especializada para familias empresarias
FB: Marisela Serrano Consultoría. linkedin.com/in/mariselas. Email. marisela@mariselaserrano.com, Cel. 333 808 3812.

En mi experiencia trabajando con familias que son dueñas de negocios, el tema del divorcio en un asunto álgido de tratar, incluso llega a considerarse como tabú, ya que la posibilidad de que se presente un evento así, no suele contemplarse ya sea porque es doloroso o por el simple hecho de creer que no es “viable” que suceda. Sí lo consideran aquellas familias que, por un lado, ya pasaron por eso (los padres fundadores de la empresa se separaron, o hay algún hijo o hija divorciad@ -que guarda cierta influencia en la gestión de la empresa-, se divorció) y por el otro, quienes ven en su matrimonio actual una posible ruptura, debido a ciertas crisis que han sido difíciles de superar y que ponen en riesgo la pertenencia, el patrimonio y la continuidad de la empresa.

Sin duda, cuando dos personas asumen el compromiso de casarse, lo último en que piensan es en la posibilidad de que la relación no perdure. Al contrario: ambos pueden ver esta unión como un potenciador de su crecimiento personal, familiar e incluso de los negocios personales y/o de la fundación de uno nuevo.

De acuerdo con el INEGI, en nuestro país en promedio de cada 100 matrimonios, 15 terminan en divorcio. El porcentaje es alto y como todo en la vida, más vale prevenir que lamentar; en un plano práctico, es mucho más económico a nivel financiero y emocional, que las parejas y los miembros de la familia dueños de una empresa se sienten a la mesa y, con el apoyo de un mediador experto en empresas familiares y relaciones humanas, discutan y diseñen las reglas y formas a través de las cuales todos desean que se manejen este tipo de temas y lo plasmen en su propio estatuto de familia o protocolo, que contemple por ejemplo, diseñar un convenio o capitulación prematrimonial (Código civil federal, Capitulo VII De las actas de matrimonio, articulo 98, punto V) para las nuevas parejas o matrimonios; incluir: una clausula de separación de bienes y así preservar la tenencia accionaria en la familia fundadora, las mejores formas para la protección de los hijos menores de edad y su custodia, determinar si uno o ambos cónyuges son accionistas y/o operan en el negocio (y estos tienen una influencia importante en la empresa) y establecer el cómo evitar que un posible divorcio afecte la relación empresarial y que al mismo tiempo, los involucrados queden protegidos en lo individual.

Si lo anterior no fue posible y es inminente el divorcio, entonces se deberá nombrar un mediador (de preferencia profesional) de confianza para ambas partes que ayude a evitar una escalada en las discusiones y conflictos, con 3 objetivos principales:

• Que, en lo posible, se separe el tema de pareja con el de negocios para mantener la estabilidad en la operación, en la toma de decisiones en la empresa y evitar un ambiente de incertidumbre.
• Si la relación a nivel de socios no fuera posible, que se tomen las medidas para la compra venta de alguna de las partes.

• Que cada miembro de la pareja cuente con apoyo emocional para una mejor toma de decisiones en los niveles personal, familiar y empresarial.

No hay reglas de que hacer cuando se presenta una ruptura. Lo importante, es evitar que la crisis se complique, como hemos visto en casos donde el conflicto personal se hace público y la empresa queda en medio del campo de batalla. De nuevo, este proceso siempre debe llevarse con el apoyo y acompañamiento de un tercero imparcial.

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